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Sea cual sea el resultado, es importante archivar la documentación y evaluar la experiencia. Una ILP aprobada representa un éxito histórico para los promotores, aunque el texto final no coincida plenamente con el inicial, y conviene celebrarlo y difundirlo. Si la iniciativa es rechazada, se recomienda compartir públicamente las lecciones aprendidas y agradecer a firmantes y colaboradores su apoyo. En ambos casos, los promotores adquieren un conocimiento valioso que puede servir a futuras iniciativas. Muchas plataformas ciudadanas transmiten esa experiencia a otros colectivos, consolidando una cultura democrática de participación directa. Como suele decirse entre quienes han promovido ILPs: “Habéis hecho historia, incluso aunque no haya ley, porque habéis abierto un camino que otros podrán recorrer”.
Porque el verdadero objetivo de la ILP es abrir el debate parlamentario y político sobre un tema impulsado por la ciudadanía. El texto inicial sirve como punto de partida, pero en el Congreso se somete a negociación y enmiendas. Los promotores veteranos destacan que lo crucial es lograr que el tema entre en la agenda institucional, aunque el resultado final no recoja todas las demandas originales. En otras palabras, lo decisivo es que la Cámara “reconozca” el problema y legisle sobre él, aunque con cambios. La experiencia demuestra que incluso con modificaciones, el avance político suele ser mayor que si la ILP hubiera sido rechazada de entrada.
Si la mayoría de diputados vota en contra en la votación final, la ILP se archiva y no llega a convertirse en ley. Aunque pueda parecer un fracaso, no lo es del todo: muchas ILPs rechazadas han logrado poner un tema en la agenda política y social, forzando debates que antes estaban ausentes y consiguiendo compromisos futuros de partidos o gobiernos. Además, la movilización ciudadana generada en torno a la iniciativa suele dejar huella, alimentando nuevas propuestas y sensibilizando a la opinión pública. En este sentido, incluso una ILP rechazada puede ser un motor de cambio social.
Una vez superado el trabajo en comisión y recogidas las enmiendas que se aprueben, la iniciativa vuelve al Pleno del Congreso para la votación definitiva. Allí puede suceder que se apruebe, convirtiéndose en ley, o que se rechace, en cuyo caso la ILP queda archivada. El resultado depende de la correlación de fuerzas parlamentarias y de los apoyos conseguidos durante el proceso. En algunos casos, una ILP termina aprobada con modificaciones amplias; en otros, puede quedar bloqueada en la votación final. Esta votación es el momento decisivo en el que se cierra el ciclo parlamentario de la iniciativa.
Aunque formalmente el papel de los ciudadanos termina al presentar la ILP y defenderla en el debate inicial, en la práctica los promotores pueden mantener una influencia indirecta. Pueden reunirse con diputados, explicar el sentido de las enmiendas, sugerir textos alternativos o alertar sobre intentos de desvirtuar la iniciativa. Además, pueden mantener viva la presión política mediante campañas de apoyo, pronunciamientos de colectivos o declaraciones de personalidades públicas. Esta labor de lobby ciudadano es legítima y puede marcar la diferencia en el resultado final, ya que los partidos son sensibles a la opinión pública y al respaldo social que una ILP visibiliza.
El texto original presentado por la ciudadanía puede sufrir cambios significativos. Los grupos parlamentarios pueden presentar enmiendas que se discuten y votan en comisión. Esto puede traducirse en ajustes técnicos, mejoras de redacción, pero también en alteraciones sustanciales que cambien de manera importante el sentido de la iniciativa. La correlación de fuerzas en la Cámara y las alianzas políticas determinan hasta qué punto el texto ciudadano se mantiene fiel a su espíritu original. Es decir, una ILP aprobada no garantiza que la futura ley sea idéntica al texto presentado: el Parlamento tiene la última palabra en las modificaciones.
Si el Congreso aprueba la toma en consideración, la iniciativa deja de ser un simple texto ciudadano y pasa a tramitarse como proyecto de ley parlamentario. Se asigna a la comisión competente por la materia (educación, sanidad, trabajo, medio ambiente, etc.), donde se abre un plazo de enmiendas para que los grupos parlamentarios propongan cambios. A partir de ahí, la ILP sigue el mismo recorrido que cualquier otra proposición de ley: debate en ponencia, discusión y votación en comisión, y finalmente dictamen al Pleno para la votación definitiva.
La intervención del portavoz ciudadano es un momento histórico y delicado. Se recomienda preparar un discurso sólido, claro y emotivo que combine argumentos técnicos con el peso del respaldo social obtenido. Conviene ensayar previamente, anticipar posibles críticas de los partidos y preparar contraargumentos. Es útil resaltar la magnitud de las firmas reunidas como prueba del interés ciudadano. También se aconseja reforzar la defensa con apoyos públicos —de expertos, colectivos sociales o figuras reconocidas— que puedan mencionarse durante el discurso para ganar legitimidad. Un error habitual es improvisar o presentar un mensaje confuso: dado que el éxito de la ILP depende en buena parte de esa primera impresión, una defensa deficiente puede inclinar la balanza hacia el rechazo.
El Congreso decide con una mayoría simple: basta con que haya más votos a favor que en contra entre los diputados presentes. No se exige una mayoría cualificada, como ocurre en reformas constitucionales. Esta regla facilita que muchas ILPs puedan ser al menos debatidas y que su recorrido parlamentario no dependa de un consenso absoluto. Una vez admitida, la ILP se transforma en una proposición de ley y se tramita siguiendo el mismo procedimiento que cualquier iniciativa de un grupo parlamentario, incluyendo la presentación de enmiendas parciales y la discusión en comisión y en el Pleno.
El Reglamento del Congreso de los Diputados no establece un plazo concreto. Únicamente señala que debe debatirse “sin dilaciones razonables”, lo que deja un margen interpretativo y puede provocar demoras. Esto ha generado críticas de los promotores de ILPs, ya que en ocasiones han tenido que esperar meses o incluso más de un año hasta que se incluyó su debate en el Pleno. E
Si el Pleno vota mayoritariamente en contra, la ILP se rechaza en ese momento y su recorrido legislativo termina sin posibilidad de continuar. Se archiva y no puede volver a presentarse en la misma legislatura. Este desenlace es frecuente: muchas ILPs, pese a contar con un respaldo ciudadano masivo, han sido bloqueadas en esta fase porque los grandes partidos no quisieron darles curso. Un ejemplo fue la ILP de 2007 que pedía derogar el matrimonio igualitario: aunque tenía más de un millón de firmas, fue rechazada en la votación inicial. De ahí que se considere un momento crítico, donde la correlación política pesa más que el respaldo social.
La ILP goza de una protección especial frente a la disolución de las Cortes. A diferencia de los proyectos de ley del Gobierno o de las proposiciones de los grupos parlamentarios, que decaen cuando se convocan elecciones generales, la ILP se arrastra automáticamente a la siguiente legislatura. Esto significa que no pierde su oportunidad, aunque puede suponer meses de espera adicional. Esta excepción se debe a que el origen de la ILP es ciudadano y se pretende no frustrar la participación popular por un hecho político como la convocatoria electoral. En cambio, si ya se hubiera debatido y votado negativamente, no se puede volver a presentar en esa legislatura.
La defensa de la ILP corresponde a un miembro de la comisión promotora, normalmente su portavoz. Esta persona tiene la responsabilidad de condensar en un discurso de unos 15 minutos el sentido de la propuesta, sus motivaciones y el respaldo ciudadano que la acompaña. Es la única ocasión en la que la ciudadanía, a través de un representante directo, interviene en un Pleno del Congreso con voz propia. Tras esta intervención, el resto de grupos parlamentarios fijan su posición, lo que permite conocer el grado de apoyo político antes de la votación. La calidad y solidez de esta defensa suele ser determinante para que algunos partidos se decanten a favor o en contra.
El debate de toma en consideración es la primera gran prueba parlamentaria de una Iniciativa Legislativa Popular (ILP). Una vez que la Junta Electoral ha validado las firmas, el proceso pasa del ámbito ciudadano al legislativo. La Mesa del Congreso incluye la propuesta en el orden del día de un Pleno y en esa sesión se discute si la iniciativa merece ser tramitada como proposición de ley. Es un debate crucial porque de su resultado depende que la ILP pueda convertirse en una ley real: si se aprueba, empieza un camino legislativo completo con enmiendas y comisiones; si se rechaza, la iniciativa muere en ese punto y se archiva definitivamente.
No. En el caso de las firmas digitales, no interviene un fedatario, ya que la autenticación la aporta el propio certificado digital del firmante. La legislación habilita esta excepción: la autenticidad de la firma queda garantizada por el certificado reconocido y el sistema aprobado por la JEC, por lo que no se requiere fedatario en cada firma electrónica. En lugar de ello, al final del proceso, la Junta Electoral Central se encarga de verificar digitalmente todas las firmas electrónicas recibidas (usando el software proporcionado por el INE) y certifica cuántas son válidas. Por tanto, los fedatarios concentran su papel en las firmas recogidas en papel.
Boreal está desarrollado para prevenir abusos. Cada firmante queda identificado por su número de DNI y su firma digital única. Si la misma persona intentara firmar más de una vez, ya sea toda por vía electrónica o combinando papel y electrónico, solo se contará una firma. Boreal evita en gran medida firmas duplicadas electrónicas, pero si alguna pasara inadvertida, la Oficina del Censo la detectará: al verificar las firmas, marcará duplicados y solo contará una en el certificado final . De igual forma, si alguien firma la ILP sin tener derecho (por ejemplo, una persona no censada en Andalucía firma una ILP andaluza), esa firma será invalidada: el Delegado Provincial del Censo anotará como “NO ELECTOR” a quienes no figuren en el censo correspondiente . En resumen, no sirve de nada que una persona firme dos veces o que firme alguien no habilitado – el sistema de control cruzado eliminará esas incidencias. Las ILPs recientes han comunicado claramente estas restricciones a sus voluntarios para evitar confusiones.
Sí. Una ILP debería simultanear ambas vías de recogida para alcanzar el total de apoyos requerido. Todas esas firmas, de uno u otro tipo, se suman al cómputo final. La Junta Electoral, al verificar, eliminará posibles duplicados (por ejemplo, si una persona firma dos veces) y comprobará que cada firmante cumpla requisitos. No existe un tope a cuántas firmas pueden ser electrónicas o en papel; es posible teóricamente que todas fueran electrónicas, pero en la práctica muchas serán en papel por la brecha digital. La combinación permite llegar tanto a quienes prefieren firmar con certificado) como a quienes es más fácil firmar en una hoja en la calle o en mesas de recogida.
Boreal proporciona un sistema donde el ciudadano para firmar en cualquier dispoitivo móvil o tablet. En cualquier página de una ILP activa, al pulsar en el botón FIRMA, debe seguidamente pulsar en FIRMAR CON CERTIFICADO DIGITAL. A continuación, debe seleccionar su certificado digital válido instalado en su dispositivo y el sistema generará un fichero firmado electrónicamente que incluye sus datos (nombre, apellidos, DNI/ Pasaporte, fecha de nacimiento) junto con la referencia de la ILP . Esa firma electrónica avanzada queda almacenada en nuestros servidores junto a las demás, siguiendo una estricta política de seguirdad y de privacidad de datos. Posteriormente, la Oficina del Censo Electoral verificará todos esos ficheros para certificar que el firmante estaba en el censo y que no hay duplicados, de igual modo que haría con las firmas manuscritas. Desde la perspectiva del firmante, es un proceso rápido: necesita disponer de certificado y seguir las instrucciones. Por seguridad, cada ILP puede registrar solo una firma electrónica; el sistema rechaza intentos posteriores del mismo identificador, evitando duplicados. En Boreal, tras firmar electrónicamente, el ciudadano recibe un resguardo o comprobante (un correo de confirmación) y puede ver actualizado el conteo de firmas desde un dashboard.
Sí, desde hace algunos años la normativa permite que las ILPs recojan firmas de apoyo mediante certificado digital o DNI electrónico además del método tradicional en papel. Ninguna otra firma digital es aceptada: clave PIN, biometría, PDF, etc.. Boreal ofrece la plataforma de forma gratuita para la firma con certificado digital, únicamente. La firma con DNI electrónica necesita de un hardware lector del chip del DNI, lo que implica un contacto físico con el DNI en cuestión. La dificultad y el poco alcance de este tipo de firma hace que se descarte de inicio. La firma con certificado está supeditada a que se garantice la autenticidad de la voluntad del firmante y que se cumplan ciertos requisitos técnicos detallados por la Junta Electoral Central. En la práctica, la JEC emitió en 2012 un acuerdo con especificaciones técnicas para la recogida de firmas digitales (por ejemplo, formato de los ficheros, campos obligatorios, sistemas de certificación, etc.). Para utilizar la firma electrónica en una ILP, los promotores deben solicitar su aprobación expresa a laJunta Electoral,presentando información sobre la plataforma que usarán, en este caso Boreal .En las experiencias recientes, se ha utilizado con éxito el sistema desarrollado por la Universitat Oberta de Catalunya (UOC) –usado por la ILP de Regularización de inmigrantes de 2022– adaptado ahora en la plataforma Boreal . Este sistema permite que un ciudadano firme usando su certificado digital, de forma que su identidad queda verificada criptográficamente. Una vez la JEC aprueba el sistema, las firmas electrónicas recogidas mediante este procedimiento tienen igual validez que las firmas manuscritas recogidas en papel. Ninguna otra firma digital es aceptada: clave PIN, biometría, PDF, etc..
La numeración y sellado oficial de los pliegos es realizada por la Junta Electoral competente. Una vez impresos los pliegos, Boreal se encarga de entregarlos en la Junta para que cada hoja reciba el sello y numeración oportuna, lo que garantiza su autenticidad . El procedimiento concreto varía: en algunos casos se lleva un lote de pliegos físicamente a la sede de la Junta Electoral. La Junta puede permitir recoger los pliegos sellados en persona. Es esencial identificar a la persona autorizada para recoger o entregar los pliegos. Se debe hacer una autorización por escrito a alguien de Boreal, indicando su nombre, DNI y hasta la matrícula del vehículo con el que accedería, para cumplir las exigencias de seguridad al ingresar a la sede electoral. Tras el sellado, la Junta devuelve los pliegos oficialmente habilitados a Boreal (muchas veces los numeran en un rincón o con etiquetas). Nota: Solo las firmas recogidas en pliegos oficialmente sellados contarán como válidas; no se deben usar fotocopias ni impresiones sin sellar, ya que la Junta no las aceptará.
Solo después de que la Junta Electoral apruebe el modelo final de pliego se deben imprimir en cantidad las hojas para la recogida de firmas. Imprimir antes con un modelo no aprobado puede implicar desperdiciar material si luego hay que cambiar algo. Una vez aprobado, Boreal encarga la impresión de la primera tiarada de los pliegos en una imprenta. La primera tanda se calcula dependiendo de cuantas personas u organizaciones están esperando la aprobación de esta ILP, de manera que se arranque el periodo de recogida de firma de forma ágil y eficiente desde el minuto 1.Si después hicieran falta más pliegos de los previstos, Boreal imprime y se encarga de sellar con a la Junta Electoral a demanda.
En ocasiones la Junta Electoral puede detectar defectos subsanables en el pliego presentado, o en la plataforma de firma con certificadio. Si esto ocurre, informará a la comisión promotora de cuáles son los aspectos a corregir. Un caso real: tras las pruebas técnicas, el INE observó que el código de la ILP en los archivos de firma no seguía el formato requerido e indicó el código correcto asignado (por ejemplo, ILP2025169, que combina “ILP” + año 2025 + número de expediente 169). También señaló que el nombre de la ILP en el fichero debía coincidirexactamente con la denominación oficial aprobada. Boreal subsanó esos detalles (actualizando el código en la plataforma Boreal y en los documentos) antes de la aprobación final. En general, si se piden correcciones de formato o contenido, hay que realizarlas con rapidez y volver a enviar/mostrar el pliego corregido para obtener la luz verde definitiva.
Cuando la Junta Electoral aprueba el procedimiento, asigna a la iniciativa un código único. Este código identifica la ILP en todos los documentos de firmas y comunicaciones oficiales. Por ejemplo, la JEC suele componerlo con la forma ILP + año + número de expediente. En la resolución de 2025 sobre la ILP de Coordinación de Oposiciones a Educación, se aprobó el código ILP2025169 para esa iniciativa. Este código debe usarse en los nombres de los ficheros de firmas electrónicas y en las referencias al entregar las firmas al final. Es importante que los promotores se aseguren de actualizar cualquier referencia previa (al principio se manejan códigos internos o provisionales,) al código definitivo asignado por la Junta. En las firmas en papel el código puede no aparecer impreso para los ciudadanos, pero sí en los certificados finales; en las firmas digitales, en cambio, el código suele estar dentro del fichero XML de cada firma para identificar a qué iniciativa pertenecen . En resumen, el código es la “matrícula” de la ILP una vez autorizada la recogida de firmas.
Suele ser un proceso relativamente rápido, pero depende de cada caso. Legalmente, cuando se entregan los pliegos en papel, la Junta Electoral Autonómica tiene 48 horas para sellarlos y numerarlos.
Los fedatarios son personas autorizadas por la comisión promotora para dar fe de la autenticidad de las firmas, de forma similar a como lo haría un notario o un secretario municipal. La figura del fedatario es crucial para no tener que llevar a cada firmante ante notario. ¿Cómo se nombran? La comisión promotora debe presentar ante la Junta Electoral una lista de candidatos a fedatario (ciudadanos mayores de edad, censados y con derechos civiles plenos) y estos deben jurar o prometer su cargo ante la Junta Electoral. Cada hoja de firmas, al completarse (o al terminar la campaña), debe llevar la firma del fedatario que certifica que los firmantes son quienes dicen ser. A efectos prácticos, el proceso de designación de fedatarios se hace al final de la ILP, coordinando junto con Boreal un excel de personas dispuestas a dar fe de todas las firmas recogidas durante la campaña. Puede ser voluntarios de la comisión promotora, o de Boreal, en tanto que gestionamos las hojas de firmas en nuestro centro logístico. Un fedatario puede autenticar muchas firmas (no hay un límite específico), incluso varias hojas completas. Lo importante es que cada pliego vaya firmado por un fedatario o autoridad antes de entregarlo al censo. Si un pliego llegase sin esa firma de fedatario, sus firmas podrían ser invalidadas por falta de autenticación.
La comisión promotora es el grupo de ciudadanos que impulsa la ILP y realiza todos los trámites en su nombre. Debe incluir, al menos, un representante o portavoz que actuará como contacto oficial (por ejemplo, firmando la solicitud de tramitación ante la Mesa) . No hay un número fijo de integrantes establecido por ley, pero es habitual que esté formada por varias personas comprometidas con la iniciativa (3, 5, 7 miembros, etc., según las necesidades). En la solicitud inicial a la Mesa del Congreso se debe adjuntar una relación de los miembros de la comisión promotora con sus datos personales completos. Los miembros de la comisión promotora pueden ser sustituidos posteriormente por suplentes designados al efecto si fuera necesario. Es importante destacar que la comisión promotora será quien reciba las notificaciones oficiales (como la admisión a trámite o el certificado final de firmas) y quien asuma la organización de la recogida de firmas.
Los costes de la campaña de recogida de firmas de una ILP (impresión de hojas, sobres, envío y devolución de pliegos, etc.) son costeados por Boreal, como parte de su misión social de impulsar ILPs. Las actividades relacionadas con la difusión y comunicación (materiales, carpas, mesas, web, redes sociales, etc) son asumidos por los promotores y las organizaciones que la apoyan. Si la ILP logra el éxito (reúne las firmas y se debate en el Congreso), la normativa prevé compensaciones económicas. Por ejemplo, la ley nacional contempla una “compensación estatal por los gastos realizados” de hasta 340.000€ una vez alcanzado el número requerido de firmas y admitida la iniciativa, que debe incluirse en los Presupuestos Generales del Estado del año siguiente. En comunidades autónomas también existe esta normativa y la cuantía depende de la comunidad. Sin embargo, en la práctica estas ayudas pueden tardar y están condicionadas al éxito de la ILP, por lo que inicialmente hay que contar con la autofinanciación o apoyos propios. Muchas plataformas ciudadanas buscan donaciones, crowdfunding o aportes de entidades afines para cubrir los gastos de la difusión de la ILP.
Sí. La legislación excluye ciertos temas que no pueden ser objeto de ILP. La Constitución prohíbe ILPs en materias de Ley Orgánica, tributarias, internacionales, prerrogativa de indulto, etc., y además no se aceptan ILPs duplicadas en la misma legislatura (Art. 87.3 CE y LO 3/1984)Antes de recoger firmas, la Mesa del Parlamento revisa el texto propuesto precisamente para filtrar estos supuestos de inadmisión. Si el texto incurre en alguna causa subsanable de inadmisión (por ejemplo, falta la unidad de materia), la Mesa lo comunicará a los promotores para que en el plazo de 1 mes corrijan los defectos. En resumen, la ILP debe proponer una ley dentro de las competencias legislativas del órgano destinatario y ceñirse a un único objeto claro.
Las ILPs requieren al menos 500.000 firmas válidas. El plazo para la recogida de firmas empieza cuando la ILP es admitida a trámite y la Junta Electoral notifica a los promotores que pueden comenzar. Generalmente, 9 meses, con posibilidad de prórroga de 3 meses por causa mayor a criterio de la Mesa del Congreso. En Andalucía, por ejemplo, se conceden 6 meses (prorrogables por causa justificada 2 meses más) para reunir las firmas necesarias . Si al agotar el plazo (y prórroga, si la hubo) no se ha logrado el mínimo de firmas, la iniciativa decae y no podrá presentarse.
Cualquier ciudadano mayor de edad inscrito en el censo electoral de la jurisdicción correspondiente puede tanto promover una ILP (integrando la comisión promotora) como firmarla en apoyo . En el caso de ILPs autonómicas, se exige la condición política de esa comunidad autónoma (es decir, estar empadronado con derecho a voto allí). Para ILPs nacionales, puede firmar cualquier elector español a nivel estatal. No pueden firmar menores de edad ni personas no inscritas en el censo; cualquier firma que no cumpla estos requisitos será invalidada durante la verificación. Tampoco podrán firmar extranjeros no nacionalizados, ya que la ley requiere la condición de elector español.
El pliego u hoja de firmas es el documento oficial donde se recabarán las firmas de los ciudadanos que apoyan la ILP. Cada pliego consta de dos partes inseparables: por un lado, el texto íntegro de la proposición de ley (incluyendo el título oficial de la ILP y su exposición de motivos resumida o completa) y, por otro lado, la hoja de firmas con espacios para que los ciudadanos anoten sus datos y firmen. Boreal se hace cargo del diseño del pliego, en tnato que cuenta con la aprobación de la Junta Electoral Central de un pliego estándar para todas las ILPs que alberga. Además, hay secciones reservadas para la diligencia del fedatario (quien certifica que esas firmas son auténticas) y para la certificación del Censo Electoral, donde la autoridad electoral anotará cuántos firmantes están inscritos en el censo vigente. Añadimos también una nota sobre protección de datos personales para informar a los firmantes del uso de sus datos, ya que es un requisito normativo vigente.